Retiro de Residuos Domiciliarios
Dentro de la “Responsabilidad del Ciudadano” expresados en el Decreto Municipal 570/88:
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Es una obligación de todas y todos a colaborar con la limpieza de la ciudad, barrer las aceras del frontis de nuestras casas, edificio, local, establecimiento u otro inmueble que ocupemos (art. 2).
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Está estrictamente prohibido, botar escombros u otros tipos de desperdicios en lugares no autorizados por la Municipalidad (sitios eriazos y bienes nacionales de uso público) (art. 5).
Si tienes escombros, debes trasladarlos hasta el vertedero municipal.
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Se prohíbe la acumulación de materiales o desperdicios en los techos, terrazas o antejardines de los respectivos domicilios (art. 6).
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Vecinas, vecinos, recuerde poner sus desperdicios a disposición de los camiones recolectores en fecha y horario señalados por la IMA (art. 7).
HORARIO RETIRO BASURA :
SANCIONES :
Recuerde que las sanciones por incumplimiento a “Responsabilidad del Ciudadano”:
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Las infracciones serán sancionados con una multa de media a cinco Unidades Tributarias Mensuales (art. 36).
DENUNCIAS :
Vecino, vecina denuncie si sorprende:
Botando escombros o basura en bienes nacionales de uso público.
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