Retiro de Vehículos

Retiro de Vehículos

La Ilustre Municipalidad de Arica, en su afán de mantener el orden y aseo de las calles de la comuna, inició un plan de retiro de vehículos abandonados en la vía pública, amparado en el Articulo N°156 de la Ley 18.290 de tránsito y el Decreto Alcaldicio N° 1379 del 2001.

 

Artículo 156.- Carabineros de Chile e Inspectores Fiscales o Municipales podrán retirar los vehículos abandonados o que se encuentren estacionados sin su conductor, contraviniendo las disposiciones de esta ley, enviándolos a los locales que, para tal efecto, debe habilitar y mantener la Municipalidad.”

    “El costo del traslado, bodegaje y otros en que incurriere la autoridad por estos motivos, será de cargo del infractor y no podrá retirar el vehículo del lugar de almacenamiento sin el previo pago del mismo.”

    Lo anterior será sin perjuicio de la sanción que corresponda por la infracción

 

CARACTERICTICAS VEHÍCULO ABANDONADO

  • Vehículo sin Placa Patente Única
  • Sucio, con señales evidentes de desuso
  • Que presenten un riesgo para la seguridad de los vecinos
  • Que desconocidos pernocten en su interior
  • Ruedas desinfladas
  • Basura debajo o en rededor del vehículo

 

* Puede tener una o más de una de las características mencionadas mas arriba y constituir un vehículo en estado de abandono

RETIRO:

  • La ley no obliga a dar plazo para el retiro de vehículos abandonados, pero en casos excepcionales se puede otorgar un plazo de 24 o 48 horas para que lo retire el responsable de la vía pública, según criterio del inspector.
  • Vehículos sin placa patente única (P.P.U) se retiran de inmediato.
  • La ubicación de estos vehículos se realizará por empadronamiento calle a calle o por denuncias de vecinos.
  • Una vez retirado el vehículo, tenga placa patente única o no SIEMPRE quedan a disposición del Juzgado de Policía Local de turno.

DENUNCIA:

  • Ingresar denuncia al correo electrónico inspecciones@municipalidadarica.cl, indicando ubicación del vehículo denunciado e identificación del denunciante (información confidencial)

Los Costos por retiro de vehículos abandonados son:  

  • Multa Art. N°156 ley 18.290: 1 U.T.M
  • Uso de la Grúa: 1 U.T.M
  • Costo de Bodegaje aparcadero: 0,50 U.T.M Mensual

La forma de recuperar el vehículo es a través del Juzgado de Policía Local, trámite que solamente puede realizar el propietario legal acreditado con certificado de dominio vigente (trámite en registro civil) o bien a quien este le otorgue un poder notarial para representarlo ante la Ilustre Municipalidad de Arica.

 

IMPORTANTE

 

El Artículo N°156 de la Ley 18.290 de tránsito, además de retirar vehículos abandonados; también puede hacer retiro de cualquier vehículo que estacionado sin su conductor este infringiendo la Ley de tránsito.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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